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Por que sabemos la importancia que tiene tener a nuestros seres queridos con nosotros , nuestro equipo  de especialistas puede apoyarte para que tu familia esté en México. Los extranjeros con las condiciones de residentes temporales y permanentes tendrán derecho a la preservación de la unidad familiar, por lo que podrán ingresar con o solicitar posteriormente el ingreso de las siguientes personas:

Servicios:

Padre o Madre
Cónyuge: se le considera la condición de estancia de residente temporal por dos años, transcurridos los cuales podrán obtener la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando subsista el vinculo matrimonial.
Concubinato, concubina o figura equivalente. Se le concederá la condición de estancia de residente temporal por dos años, transcurridos los cuales podrán obtener la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando subsista el concubinato.
Hijos del residente permanente y los hijos del cónyuge o concubinato o concubina. Siempre y cuando sean niñas, niños, adolescentes y no hayan contraído matrimonio o se encuentren bajo su tutela o custodia.
Siempre y cuando sean niñas, niños y adolescentes y no hayan contraído matrimonio o estén bajo su representación legal.